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Resguardos: protección frente a peligros mecánicos
Dpto. Prevención de CEN
En las máquinas existen múltiples situaciones de peligro que pueden variar en función del riesgo generado en la máquina y en las operaciones que se tengan que efectuar. Por ello, los resguardos se deben considerar como la primera medida de protección a tomar.
Marcado CE de conformidad
Dpto. Prevención de CEN
El objetivo fundamental del Marcado CE es facilitar la circulación de productos en el Mercado Interior Europeo eliminando las barreras técnicas que puedan impedirlo. Productos que, por supuesto, serán seguros para las personas, animales domésticos, bienes y/o medio ambiente.
 



El marcado CE sobre un producto indica que éste cumple con todos los requisitos esenciales que son de aplicación en virtud de las directivas comunitarias que le son de aplicación.

Cada producto tiene sus propias características que se han intentado recoger en diferentes directivas; no obstante la Comisión Europea ha provisto a las diferentes directivas de una estructura común basada en los procedimientos de evaluación de la conformidad y fijación del marcado CE. Estos procedimientos establecen dos fases para la evaluación de la conformidad:

Evaluación del diseño mediante los ensayos y estudios que correspondan (de un prototipo o de una muestra del producto).

Evaluación de la producción mediante un cierto control de calidad de la producción, preferiblemente basado en las normas ISO 9000.
Es totalmente indispensable que todo producto comercializado o puesto en servicio posea el correspondiente marcado CE, pero esto no implica que todo producto deba llevar el marcado CE, ya que sólo es obligatorio que lo posean únicamente aquellos productos que estén regulados por directivas comunitarias de marcado CE.

El marcado CE lo debe poner siempre el fabricante o su representante legal autorizado, ya que éste es el principal responsable de la comercialización o puesta en servicio del producto y de la garantía de su seguridad.

Principios del Marcado CE

• El marcado CE simboliza la conformidad del producto con todos los requisitos comunitarios impuestos al fabricante.

• El marcado CE colocado en los productos constituye una declaración por parte del fabricante que la ha colocado de que el producto se ajusta a todas las disposiciones comunitarias, y que se han llevado a cabo los procedimientos pertinentes de evaluación de la conformidad.

• Por lo general, las directivas que rigen la colocación del marcado CE siguen los principios del Nuevo Enfoque y del Enfoque Global, pero esto carece de importancia para la aplicación del marcado CE. De hecho, el marcado CE puede introducirse en la legislación comunitaria en forma de marca de conformidad legal si:

- se utiliza el método de plena armonización, lo que significa que quedan prohibidas las normativas nacionales divergentes que amparan los mismos intereses públicos que la directiva.

- la directiva incluye procedimientos de evaluación de la conformidad con arreglo a la Decisión 93/465/CEE.

Productos que deben llevar el Marcado CE

El Marcado CE es obligatorio y debe colocarse antes de que un producto sujeto a la misma sea comercializado o puesto en servicio, salvo en el caso que una directiva específica disponga lo contrario.

Si los productos están sujetos a varias directivas, todas las cuales establecen el marcado CE, el marcado indica que se presume que los productos son conformes con las disposiciones de todas las directivas.
Un producto no puede llevar el marcado CE si no está amparado por una directiva que disponga su colocación.

Declaración de conformidad

La declaración de conformidad es un documento mediante el cual el fabricante declara que el producto comercializado cumple todos los requisitos esenciales de las distintas directivas de aplicación. La firma de este documento autoriza la colocación del marcado CE cuando así lo señale la directiva. Estará escrita en un idioma de la Unión Europea y cuando deba acompañar al producto se añadirá una copia en la lengua del país de utilización.

Los datos a incluir son:

• Nombre y dirección del fabricante.

• Descripción del producto, suficientemente detallada para que sea sencillo identificar los ítems por ella cubiertos: marca, modelo, etc.

• Disposiciones (directivas) pertinentes a las que el producto se ajusta.

• Referencia a las normas armonizadas utilizadas.

• Nombre de los organismos notificados que hayan podido intervenir en la evaluación de la conformidad del producto.

• Número/s de certificado "CE" de tipo, en caso necesario.

• Cuando se trate de un importador o comercializador, nombre y razón social de éste.

• Aclaración de firma, nombre, apellido y cargo.

• Fecha.

Dada la importancia de la declaración de conformidad y de la documentación técnica, es preciso mantenerlas actualizadas: cualquier cambio en el producto ha de quedar convenientemente reflejado.

Colocación del marcado CE

El marcado CE debe ser colocado por el fabricante o su representante autorizado establecido dentro de la Comunidad.
El marcado CE debe tener la forma que se muestra a continuación. Si se amplia o reduce el tamaño del marcado, deben mantenerse las proporciones.

El marcado CE debe colocarse de forma visible e indeleble en el producto o en su placa de características. Sin embargo, si esto no es posible o no puede hacerse nada debido a la naturaleza del producto, debe colocarse en el embalaje, o en su caso, en los documentos de acompañamiento si la directiva así lo indica.

También debe figurar el número de identificación de un organismo notificado si participa en la fase de control de la producción de un producto. Su número debe aparecer a continuación del marcado CE y debe ser colocado, bajo la responsabilidad del organismo notificado, el fabricante o su representante autorizado establecido en la Comunidad.

Fuentes

Fundación para la Prevención de Riesgos Laborales, - www.funprl.es.

El portal de la Unión Europea, - http://europa.eu/index_es.htm.

- Guía práctica para la aplicación del marcado CE.

- Decisión 93/465/CEE, del Consejo, de 22 de julio de 1993, relativa a los módulos correspondientes a las diversas fases de los procedimientos de evaluación de la conformidad y a las disposiciones referentes al sistema de colocación y utilización del marcado «CE» de conformidad, que van a utilizarse en las directivas de armonización técnica.

Beatriz Remón
Dpto. de Prevención de Riesgos Laborales de CEN


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