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Las constructoras contarán con dos años para reducir a 60 días su plazo de pago a proveedores
Las constructoras de obra pública podrán contar con un periodo transitorio de dos años para rebajar hasta sesenta días el plazo máximo de pago de facturas a sus subcontratistas y proveedores, que actualmente supera los cien días.
 

Así se establece en una de las enmiendas transaccionales introducidas en la nueva Ley de Morosidadad a su paso por el Senado. El pleno de la Cámara Alta ha aprobado en pleno, con los votos en contra del PSOE, el texto, que vuelve ahora al Congreso para su aprobación definitiva.

En concreto, las empresas del ramo podrán pagar a 120 días desde la entrada en vigor de la ley hasta el 31 de diciembre de 2011. En el año siguiente este plazo deberá rebajarse a 90 días, para fijarlo en los 60 reglamentarios en el ejercicio 2013.

El grupo de enmiendas a la ley aprobadas en el Senado no incluye por contra la propuesta realizada por una de las patronales de la construcción para poder pagar mediante un sistema de 'confirming' bancario. En virtud de este sistema, la empresa daría a su banco la orden de pagar a sus proveedores en sesenta días. La entidad financiera se convertiría en titular de los derechos de cobro de la factura abonada y se encargaría de reclamarla en su momento al grupo constructor.

Con esta fórmula, las empresas del ramo buscaban poder cumplir el plazo máximo de pago a sesenta días al que obliga la nueva norma y, a la vez, asumir la "previsible morosidad" de las administraciones públicas sin aumentar su deuda financiera.

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